CÓMO GRABAR UNA REVOLUCIÓN Y PROTEGERTE: GUÍA PARA GRABAR LOS ABUSOS POLICIALES
IDENTIFICACIÓN
La
libertad de expresión, manifestación o reunión, son derechos fundamentales de
las personas y están protegidos por la norma constitucional del Estado español,
en sus Art. 20 y 21. De acuerdo con éstas normas, puedes ejercer tu derecho a
expresarte y manifestarte. Por medio de una manifestación, una acción directa
no violenta, con una pancarta, repartiendo comunicados, gritando o cantando consignas,
etc...
El
derecho de manifestación y reunión no necesita autorización gubernativa, pero
sí requiere comunicación previa, cuando se prevea que vayan a congregarse más
de 20 personas. Si no se comunica, cabe que la policía intente impedir su
desarrollo.
La
Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, autoriza a los agentes de las
fuerzas y cuerpos de seguridad a pedir tu documentación (exhibición del DNI
o pasaporte), siempre que el conocimiento de tu identidad fuere necesario para
el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que a los agentes
encomienda esta Ley (proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y
garantizar la seguridad ciudadana).
De no lograrse la identificación, los agentes podrán
requerirte a que les acompañes a dependencias próximas, bien a Comisaría, Cuartel
de la Guardia Civil o Municipal, donde estarás detenido/a aproximadamente 2
horas hasta que te identifiquen, te podrán fotografiar y tomar la huella. No
pueden obligarte a someterte a pruebas para la obtención de ADN (saliva, cabello,…).
En un Libro-Registro se harán constar las diligencias de identificación, así
como los motivos y duración de las mismas. No puedes ser interrogado
por ningún hecho que no sea relativo a la identificación
En
los casos de resistencia, negativa a identificarte o realizar voluntariamente
las comprobaciones o prácticas de identificación, podrás ser detenido/a.
Tienes derecho a solicitar al agente su número de carnet
profesional,
éste tiene que llevarlo inscrito en la placa de forma visible en el uniforme, excepto
los pertenecientes a las Unidades de Intervención Policial (antidisturbios). En
éste caso, puedes exigirle que te exhiba su carnet profesional.
En
caso negativo, puedes pedir al mando de la unidad policial, su número de
carnet.
Ahora bien, se aconseja evaluar la situación concreta,
pues muchas veces no es muy recomendable.
La detención no puede prorrogarse por más de 72 horas (es decir, 3 días)
salvo que se aplique la legislación antiterrorista que puede ampliar este
periodo 2 días más. A partir de ese momento pasarás a disposición judicial. Los
derechos que tienes son los siguientes (art. 520 de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal):
-
Ser informado/a inmediatamente de las
razones de tu detención, especificando los hechos de los que se te acusa.
-
Si la detención se produce como resultado
de una orden judicial, la policia debe mostrartela; si no existe esa orden (lo
más común si te detienen en una mani), la policía tiene la obligación de informar
de tu detención al juez en el plazo de 24 horas.
-
A que la policía comunique
telefónicamente con la persona que tu elijas (tienes que saber su teléfono de
memoria) para informarla del lugar en el que te encuentras detenido/a.
-
A designar a un/a abogado/a de tu confianza
para que esté presente durante la toma de declaración. Para
designar abogado/a debes saber su nombre y apellidos; informate antes
de ir a una mani de que abogados/as de la comisión legal estan de guardia, y
aprendete sus nombres y apellidos.
-
A no declarar, a no declarar
contra tí mismo y a no confesarte culpable.
-
Tras el trámite de la toma de declaración
en comisaría, tienes derecho a mantener una entrevista reservada con
tu abogado/a – aunque no hayas declarado- para que te aconseje sobre cómo
debes hacerlo ante el/la juez/a.
-
Posteriormente, en el juzgado también
tienes derecho a otra entrevista reservada, pero antes de la declaración.
-
A ser asistido/a por un médico.
-
Si eres extranjero/a, tienes derecho a la
presencia de un/a intérprete en tu declaración y a comunicar al Consulado o Embajada
de tu país tu detención.
-
Identificación de los agentes que te
detienen.
-
El interrogatorio policial se debe hacer
siempre en presencia de un/a abogado/a, de tu confianza o el/la de oficio,
según los casos. De todos modos, tienes derecho a no declarar y no
es recomendable que declares en comisaría sino que esperes a hacerlo ante un
juez
A
lo largo de la detención es posible que recibas, en algún momento, la visita de
un médico forense. En estos casos, lo primero que debes de hacer es solicitar
que acredite documentalmente su identidad. Comprobado esto, conviene
que denuncies ante él/la todo tipo de malos tratos físicos o psíquicos o
torturas al que hayas sido sometido. Si tienes marcas enséñaselas y asegúrate que
los extremos que denuncies figuren en el informe que éste médico redacte.
En
los casos de detención ilegal o que no se hayan respetado los derechos de los
detenidos, se puede solicitar el Habeas Corpus. Es un procedimiento de puesta a
disposición judicial inmediata.
Lo
puede solicitar la persona detenida, su abogado/a, su cónyuge o similar, los
padres, hijos/as o hermanos/as. Se debe hacer mediante escrito o comparecencia
ante el juez, expresando nombre, circunstancias del solicitante, lugar de
detención y el motivo de la solicitud. No es conveniente solicitarlo uno/a
mismo/a.
Si
has declarado ante la policía, el/la juez/a te preguntará si te ratificas en la
declaración (si estás de acuerdo). En éste momento recuerda que la declaración
judicial tiene mucho más valor que la policial y que aquélla prevalece sobre
ésta. Es
el momento de negar cualquier declaración autoinculpatoria que hayas realizado
en el centro de detención. No importa lo que haya dicho antes, ahora puedes decir lo
contrario. Eres inocente mientras no se demuestre lo contrario.
En
relación a la declaración judicial, mantienes el mismo derecho a no declarar y
a no hacerlo en tú contra. Es fundamental que nunca dejes de denunciar ante el/la
juez/a las amenazas, la tortura o los malos tratos de que hayas sido objeto en
el centro de detención. Si tienes marcas, solicita ser visto por un médico forense, muéstraselas
y que conste en tu declaración.
Informa
rápidamente a los grupos convocantes o grupo de apoyo jurídico de la
movilización, procurando facilitarles el máximo de datos. Puedes contactar con
la Comisión Legal del 15M en el mail legal.sol.madrid@gmail.com y en teléfono 665 225 665. Esta información
facilitará mucho el trabajo del grupo de apoyo jurídico a la persona detenida.
Es importante tratar de localizar a sus familiares
En
caso de familia o amigos, deben ponerse en contacto con un/a abogado/a de su
confianza y hacer pública la detención y comunicarlo al resto de personas que
te conozcan y/o al colectivo al cual pertenezcas.
http://legal15m.wordpress.com
legal.sol.madrid@gmail.com
Twitter: @LegalSol
Teléfono: 665 225
665
No hay comentarios:
Publicar un comentario