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jueves, 6 de noviembre de 2014

ESTADO-GOBIERNO-ESTADO DE DERECHO: EL CASO DE LA REPÚBLICA ÁRABE SAHARAUI DEMOCRÁTICA


Isabel Galeote Marhuenda

“La palabra y concepto “Estado” es una noción con valor a nivel político que sirve para presentar una modalidad de organización de tipo soberana y coercitiva con alcance social. De esta forma, el Estado aglutina a todas las instituciones que poseen la autoridad y la potestad para regular y controlar el funcionamiento de la comunidad dentro una superficie concreta a través de leyes que dictan dichas instituciones y responden a una determinada ideología política.

Es importante aclarar que los conceptos de Estado y gobierno no se consideran sinónimos. Los gobernantes son aquellos que, por un tiempo determinado, desempeñan funciones en las instituciones que forman parte del Estado. Además, hay que diferenciar el término Estado de la idea de nación, ya que existen naciones sin Estado y Estados que aglutinan a distintas naciones.

Es importante señalar que ninguna persona puede vivir sin Estado ya que deberá cumplir con lo reglado en el territorio que habita, aunque éste no sea necesariamente su nación. Esto no significa que todos los individuos que comparten un mismo estado se sientan culturalmente identificados con él, pero esa no es razón para violar las leyes del espacio que habitan.” (1)

La República Árabe Saharaui Democrática es un Estado reconocido merecidamente como soberano por cerca de otros ochenta y dos Estados existentes en el mundo; aunque cerca de veinte Estados, debido a las presiones, maniobras y estrategias más que dudosas, éticamente hablando, de Marruecos y quienes les ayudan con complicidad interesada, hayan ido retirando paulatinamente este reconocimiento. Las decisiones de dichos gobiernos se han topado con la oposición de muchos y muchas militantes y organizaciones internacionalistas que hemos mostrado un rechazo contundente porque renegamos del establecimiento de relaciones internacionales en base a intereses geopolíticos, estratégicos y económicos en lugar de hacerlo en base a principios humanistas y de respeto a la decisión de los pueblos y a la legalidad internacional, una vez más. No en vano el tratado internacional llamado “Convención sobre Derechos y Deberes de los Estados” y más conocido como “Convención de Montevideo”, por haberse firmado en esta ciudad el 26 de diciembre de 1933 en el marco de la Séptima Conferencia Internacional de los Estados Americanos, dice en su Art. 6 que “El reconocimiento de un estado simplemente significa que el Estado reconoce que acepta la personalidad del otro con todos los derechos y deberes determinados por el derecho internacional. El reconocimiento es incondicional e irrevocable”, lo cual significaría que los Estados que han ido dejando de considerar a la RASD como Estado soberano, no podrían invalidar o derogar este reconocimiento. Eso sí, según la aclaración hecha anteriormente sobre Estado y Gobierno como conceptos y significados no sinónimos, sí podrían dejar de admitir o aceptar al Gobierno del Estado de la RASD.

         La dificultad del tema de mi artículo es obvia. Me considero bastante neófita sobre este asunto. Sólo poseo los conocimientos adquiridos en “El Máster” (como lo llamaba Carlos Taibo, uno de los profesores de esta acción formativa por la que fuimos becado el alumnado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación) sobre Análisis de Conflictos Internacionales, del que fui alumna privilegiada. Y lo fui, por el número tan reducido de alumnos y alumnas que conformamos ese grupo y por el lujoso elenco de profesores y profesoras que pusieron a nuestra disposición, procedentes de universidades de Sudáfrica, Holanda, Catalunya, Madrid, Relatores de NN.UU, Militares españoles especialistas en DIH y asesores internacionales..., quienes nos desmenuzaron los entresijos de las relaciones internacionales, del Derecho Internacional, del funcionamiento del Sistema de Naciones Unidas y por supuesto del Consejo de Seguridad, del Derecho Internacional del Derecho Humanitario, de la detección y análisis de los conflictos internacionales y/o internacionalizados, de las herramientas de resolución de conflictos… Aprendí mucho, muchísimo. Aún hoy celebro haber tenido esa oportunidad y haberla sabido aprovechar, aunque el esfuerzo personal fuera considerable al tener que compaginar trabajo con formación presencial varios días en semana, teniendo que conducir 400 km para ello. Pero aun considerándome profesa en estas lides, defiendo el derecho a la expresión y libre expresión, atendiendo al sentido común; a que no solo los expertos o expertas en todas las vertientes del conocimiento pueden opinar; a que en cada persona, cada hombre y cada mujer existe un filósofo o una filósofa que piensa y puede aprender a pensar y discernir; a que la cultura sirve para algo, no solo para acumular conocimientos sino para ponerlos en relación, y que todo ello en su conjunto me autoriza, aun a riesgo de equivocarme, a decir y opinar sobre lo que sea. ¿Y saben qué? Entre las muchas cosas que aprendí, además de reafirmarme en la importancia del respeto (del que se da pero también del que se merece recibir), asumí lo esencial, que es saber discernir, desde una sociedad democrática y desde unas organizaciones democráticas (instituciones, organismos pero también ONG) lo que se ha de condenar como malas prácticas (culturales, políticas, religiosas, sociales…) que solo conducen a enconar conflictos y a hacer mucho daño a la población civil, es decir, a los pueblos. Aprendí que los grupos sectarios, e incluso dirigentes sectarios que desde el imperio de la ley han engañado a sus mismos miembros y a la sociedad bajo apariencias que nada tienen que ver con su realidad misma, son los que más daño hacen. Y aprendí que las cosas se cuentan solas, que solo es necesario saber mirar. Que todo está lleno de pistas que nos ponen blanco sobre negro qué, con quién, cuándo y cómo se construye ese proceder, así pasen cuarenta años. Los hechos se distinguen: mentiras, engaños, insultos, chantajes, manipulaciones, corruptelas y corrupciones en mayúscula, etc. más propias de la mafia y de grupos fascistas que de Estados, instituciones, organismos y organizaciones, una vez más, democráticas.

Llegados a este punto no tengo más remedio que rescatar la definición de “Estado de Derecho” consensuado en el mismo seno de Naciones Unidas que, teniendo en cuenta la tibieza de sus resoluciones y declaraciones y la lentitud en sentenciar y decretar, puede que nos resulte hasta suave. Para las Naciones Unidas, “el concepto de «Estado de derecho» ocupa un lugar central en el cometido de la Organización. Se refiere a un principio de gobierno según el cual todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a unas leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos. Asimismo, exige que se adopten medidas para garantizar el respeto de los principios de primacía de la ley, igualdad ante la ley, rendición de cuentas ante la ley, equidad en la aplicación de la ley, separación de poderes, participación en la adopción de decisiones, legalidad, no arbitrariedad, y transparencia procesal y legal”.

Por lo tanto la ecuación es bien sencilla: REPÚBLICA ÁRABE SAHARAUI DEMOCRÁTICA es un Estado (aunque en el exilio), ¿pero realmente es un Estado de Derecho?. Me gustaría creer que sí, pero con todo el dolor de mi corazón, me temo que la realidad se ha impuesto. ¿Dónde están las leyes promulgadas públicamente, que se hacen cumplir por igual y que se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos? ¿Dónde están las medidas que se adoptan para garantizar el respeto de los principios de primacía de la ley, igualdad ante la ley, rendición de cuentas ante la ley, equidad en la aplicación de la ley, separación de poderes, participación en la adopción de decisiones, legalidad, no arbitrariedad y transparencia procesal y legal?
Hacer esta observación no es decir que todo está perdido, es decir que se puede perder todo si no se adoptan ¡YA! las medidas necesarias. Para esto y no para ayuda humanitaria procedente de la cooperación descentralizada, ya que aun siendo útil no es realmente la que garantiza las necesidades de la población refugiada, puesto que el grueso procede tanto del ACNUR como de la Agencia ECHO, es para lo que más ayuda precisa el pueblo saharaui. El afán y el empeño han de ir dirigidos a asentar las bases en el seno de su propio Estado y así poder seguir reivindicando con más fuerza, credibilidad y razón lo que por justicia les corresponde que no es otra cosa que RECONOCIMIENTO, VERDAD, JUSTICIA y REPARACIÓN. Para este proceso en el que ha de participar TODO EL PUEBLO SAHARAUI, tanto la población que padece lo que significa estar refugiada y desplazada en un país y territorio que no es el suyo, como la que sufre la ignominiosa ocupación y violación de DD.HH en su propia tierra, el Sáhara Occidental, es para lo que necesitan ayuda, apoyo, asesoramiento y crítica cada vez que no lo hagan o se desvíen. A esto es a lo que hay que dedicar la energía, el tiempo y recursos individuales y colectivos, no para actividades mafiosas y fascistas o para cantos de sirena autocomplacientes y peligrosos que distraigan hechizando hasta devorar a los infaustos que se dejan seducir y terminar por destruir lo que tanto esfuerzo costó levantar hace años.

(1) http://definicion.de/estado/

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